Copiapó:La Policía de Investigaciones de Copiapó dio curso e hizo efectiva la detención determinada por el Juzgado de Letras del Trabajo al Alcalde de Copiapó Marcos López Rivera , la concejal del Partido Comunista Rosa Ahumada declaró que se encontraba con el Alcalde en la mañana en la Municipalidad de Copiapó y llegó la PDI , se presentó en la Municipalidad ,dice Rosa Ahumada Concejal e insiste que esta no es responsabilidad del actual alcalde y que la detención es injusta ,la demanda, reconoce es justa y lamentablemente la administración de López no tiene responsabilidad con la deuda a los profesores, la única posibilidad, según Ahumada Concejal , representante del Partido Comunista, es vender el terreno para la Facultad de Medicina de la Universidad de Atacama, el Alcalde, dice Rosa Ahumada que esta es la única solución, vender el patrimonio de la comuna.La administradora municipal , será la Alcaldesa Subrogante y por último expresó la Concejal representante del Partido comunista que solidariza con el Alcalde y que espera una pronta solución a la detención de López y no así al punto central que es pagar la deuda a los profesores y acatar el dictamen del Juzgado de Letras del Trabajo de Copiapó.
El Juzgado de Letras del Trabajo reiteró la orden, bajo apercibimiento de orden de arresto al alcalde, de dictación del decreto alcaldicio del pago de bono a 986 profesores de la ciudad, cuya demanda de cobro de remuneraciones (causa rol 146-2016) fue fallada en septiembre de 2016.
En la resolución, el magistrado José Marcelo Álvarez ordena al alcalde de Copiapó, Marcos López Rivera, que proceda con el cumplimiento ejecutivo de la sentencia laboral que dio origen a la causa.
“(…) es un hecho público y notorio en esta causa, que ha transcurrido un extenso y razonable plazo para que la parte demandada haya puesto a disposición de los demandantes, la suma cuyo pago es requerido en derecho ante esta Sede Jurisdiccional, sin que ello hasta ahora se verifique; no encontrándose obligados los demandantes a percibir en parcialidades su acreencia por norma legal alguna, al contrario todo pago en principio es indivisible; no puede esta Judicatura obligar a los trabajadores actuantes en el anotado sentido propuesto por la ejecutada”, sostiene el fallo.
“SE REITERA LA ORDEN DE DICTACIÓN DEL RESPECTIVO DECRETO ALCALDICIO DE PAGO por parte del señor Alcalde de la Comuna de Copiapó don MARCOS LÓPEZ RIVERA en favor de los demandantes por la suma de dinero total contenida; en la última liquidación de crédito practicada DENTRO DE QUINTO DÍA, BAJO APERCIBIMIENTO DE DECRETARSE ORDEN DE ARRESTO EL RESPECTIVO EDIL”, concluye.