Así consigna en el medio electrónico «Politika» , la noticia del recurso de nulidad , interpuesto por el abogado copiapino Inti Salamanca Fernández y que durante toda la semana se ha hecho publico en todos los medios de comunicación a nivel nacional, tanto es así que las acciones de SQM en la bolsa de mercado de capitales han ido a la baja, al informar que el magistrado acogió el recurso y desde la semana pasada le prohibió a Corfo ejecutar cualquier tipo de contrato por concepto del mineral no metalico denominado Litio. A la vez se abre la posibilidad para seguir defendiendo el Salar de Maricunga y evitar cualquier otra intención de explotación de sus minerales y/o destrucción de su naturaleza, amplias son las posibilidades de protejer este hermoso salar en pleno desierto de Atacama.
Fuente: Daniel Labbé Yáñez
Este martes se dio a conocer una importante resolución judicial que viene a poner en jaque el cuestionado acuerdo entre Corfo y SQM que entrega las reservas del litio chileno del Salar de Atacama a la minera no metálica a cargo de los hermanos Ponce Lerou. El ministro de la Corte de Apelaciones de Santiago, Alejandro Madrid, admitió a trámite el recurso de nulidad presentado el 6 de septiembre por las diputadas del Frente Amplio Claudia Mix (Partido Poder), Gael Yeomans (Izquierda Libertaria) y Camila Rojas (Izquierda Autónoma), y que busca anular el mencionado contrato.
El abogado Inti Salamanca (35) -reconocido por participar en la lucha contra la termoeléctrica Castilla y por ser el autor de la solicitud de destitución del Fiscal Nacional Jorge Abbott– fue quien junto a su par Julián Alcayaga patrocinó la presentación de la bullada acción contra Corfo y SQM. En conversación con Politika, el militante del Partido Poder aborda la decisión del tribunal de alzada y los alcances del actuar de la llamada Corporación de Fomento de la Producción.
Corfo de manos cruzadas
A la espera de la respuesta que como parte del proceso Corfo debiera presentar ante la Justicia, Salamanca destaca que lo trascendental de la resolución del ministro Madrid es que acoge la medida precautoria que ellos solicitaron y que consiste en que “Corfo no puede realizar de aquí en adelante ningún acto o contrato que verse sobre la explotación del litio”. El abogado releva la importancia de esto en cuanto la Corporación -advierte- “ya estaba negociando con privados la explotación de otros yacimientos de litio”. “Es de gran relevancia porque lo deja de manos cruzadas”, apunta.
Lo expuesto por la Corte de Apelaciones de Santiago en su resolución es contundente. “Corfo, aunque sea un ente de la Administración del Estado, no tiene facultades para conceder derechos de explotación sobre el Litio, en ninguna de sus formas, facultades que solo posee el Presidente de la República”, se lee en el documento. ¿Es posible que la aludida entidad no supiera esto? “El principio general es que la ley es conocida por todos los habitantes del territorio nacional, por lo que Corfo debía haber estado al tanto de las limitaciones que la afectaban; según esta lógica, actuó a sabiendas de su ilegalidad“, sostiene al respecto el jurista.
Ahora la Corporación de Fomento de la Producción debe responder a lo señalado por el tribunal. No obstante, independiente de la argumentación que exponga, al tratarse de un recurso de nulidad de derecho público, para Salamanca “solo basta con observar las normas para advertir la ilegalidad” del acuerdo con SQM. “Debió respetar las decisiones soberanas respecto a que la exploración del litio sólo le corresponde al Estado por medio del Presidente de la República por Decreto Supremo”, postula el abogado, quien concluye advirtiendo que “lo que está en juego es la fe pública en las instituciones del Estado”.